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Mary Mosquera @mary.mosquera

Un eco del clamor de los querientes del río Guatapurí


Rpui Guatapurí, a la altura de Chemesquemena. Foto Mariaruth Mosquera

Adiós amigo mío te veo muriendo / te vas, aunque no te quieres marchar/ ya hicimos de tus bosques un desierto / de tu nevada un deshielo / de tu cause un pedregal / ya hicimos de un santuario un sacrilegio / de tu flora un cementerio / de tu cuenca un arenal”. Este es un fragmento de la canción ‘Ay Guatapurí’, ganadora del primer festival ‘Un Canto al rio’, una iniciativa con la que la Corporación Corazón Caribe buscaba crear consciencia sobre la importancia de la protección y preservación del medio ambiente y sus recursos, tanto ambientales como hídricos, en el caso concreto del río Guatapurí que sufre por la indiferencia social.


En esta nostálgica letra, su compositor Luis Carlos López Baquero hace el mismo llamado de urgencia y angustia que desde hace varias décadas vienen haciendo los ambientalistas, por la protección de los ríos en los departamentos del Cesar y La Guajira. El eco de esos gritos de socorro llegó hasta el Tribunal Administrativo del Cesar que falló a favor una acción de tutela interpuesta por un grupo de veedores ciudadanos, para que los entes de gobierno, las entidades ambientales y comunidades en general, diseñen e implementen acciones para proteger el río Guatapurí.


Por años, los paseos de ‘desenguayabe’, con familiares o amigos para bañarse en las heladas y cristalinas aguas del río Guatapurí en el Valledupar son una tradición, una actividad infaltable en la agenda ya sea de los valduparenses y para los turistas que visitan la ciudad o simplemente pasan por Valledupar. El Guatapurí ha complementado la musa que ha inspirado un centenar de compositores de música vallenata, quienes ven en estos manantiales una conexión profunda e inspiradora que los compenetra más de la poesía, la naturaleza, las melodías y el amor.


Esas melodías que generan los ríos, producto del coqueteo con las piedras, troncos o ramas de los árboles y el aire, son adornadas con letras de compositores qué las han hecho suyas. “El setenta por ciento de nuestro cuerpo está hecho de agua y es una agua que resuena y se mueve, y cuando nuestra agua interna escucha el agua que murmura, que circula por el inmenso arenal; cuando uno escucha el golpeteo de esas aguas, esa tímbrica sonoridad entre la piedra y la rama, entre la piedra y la arena, esos pequeños cristales de sonido que van salpicando una corriente tenue, una corriente bravía, una cascada, un salto… cuando eso sucede, esos ríos están cantando una canción milenaria y esa canción entra por los poros de los niños que se van a bañar a ese río desde que son apenas lactantes, y ya de grandes siguen buscando en el río el momento de inspiración, de sonoridad”, explicó el compositor Adrián Villamizar Zapata.


“Te vas amigo mío con tu dolor / nos diste hasta tu último suspiro / borramos del arcoíris su color / y un manantial de terror es lo que baña mi pueblo / ya hicimos de nuestro cielo un infierno / de un vergel ceniza y fuego / de un edén un socavón”. En esta estrofa de ‘Ay Guatapurí’, López Baquero describe la realidad que es evidente desde las riberas del afluente.


Tanto Adrián como Luis Carlos advierten en sus apreciaciones la importancia de proteger esa fuente natural, por todo lo que ésta alimenta, la riqueza poética, el hábitat para los peces, para especias silvestres, para la fauna, la flora, la vegetación y la vida misma de la humanidad. Un completo ecosistema que se va descomponiendo a causa de la contaminación, la cacería, ladeforestación, el uso de hornos artesanales, el vertimiento de aguas residuales, la extracción de material del cauce, el arrojar basuras, el desvío de su cauce, por cimentar sus laderas que, sumado al acelerado cambio climático, intentan ahogar el Guatapurí.


Lo que pide la tutela


Hace aproximadamente dos años, los veedores ciudadanos Gustavo José Cabas Borrego, Luis Antonio Maestre Orozco y Alfonso Luis Martínez Fuentes instauraron una acción de tutela en contra del departamento del Cesar, el municipio de Valledupar, la Empresa de Servicios Públicos de Valledupar - Emdupar y la Corporación Autónoma Regional del Cesar - Corpocesar, buscando la protección de los derechos e intereses colectivos sobre el río Guatapurí.


La acción de tutela estaba soportada en el artículo 79 de la Constitución Política de Colombia que manifiesta que es deber del Estado garantizar un medio ambiente sano. “Todas las personas tienen derecho a gozar de un ambiente sano, la ley garantizará la participación de la comunidad en las decisiones que puedan afectarlo. Es deber del Estado proteger la biodiversidad e integridad del medio ambiente, conservar las áreas de especial importancia ecológica y fomentar la educación ambiental para el logro de estos fines”.


Entre los argumentos que motivaron la instauración de la tutela están: la degradación ambiental de la margen derecha del río, la escasa prioridad a la preservación ambiental, el riesgo de salud por la contaminación del río, la pérdida de la biodiversidad en el ecosistema, la disminución de las especies acuáticas, la deforestación, la erosión del suelo en las riberas del río, la caza y pesca incontrolada, el vertimiento de aguas servidas, la desviación del cauce, la extracción de material, etcétera.


La degradación ambiental de la margen derecha del río Guatapurí y las acequias en los sectores comprometidos se debe en parte a la falta de prioridad política e institucional en la gestión ambiental de los recursos hídricos del municipio de Valledupar. Durante la monitorización del río se evidenció la escasa prioridad a la acción y participación ciudadana en la gestión ambiental del municipio. La salud de las personas de la comunidad de los barrios “subnormales” está en riesgo, principalmente la de los niños, que juegan en los sitios destinados para arrojar las basuras, bañándose también en las aguas contaminadas y muchas veces se exponen a respirar el aire contaminado procedente de las quemas de los residuos peligrosos”. Se lee textualmente en el escrito.


El documento generó ruido, dadas las evidentes afectaciones socioambientales identificadas por los ambientalistas, al punto que dos años después El Tribunal profirió la sentencia que ordena a las entidades regionales la protección del Río Guatapurí, su restauración y conservación.


Lo que ordena el Tribunal


En ponencia presentada por el magistrado José Antonio Aponte Olivella, el Tribunal del Cesar ordenó proteger, conservar, mantener y restaurar la cuenca del Guatapurí, desde su nacimiento hasta su desembocadura. Las entidades: Departamento del Cesar, Alcaldía de Valledupar, Emdupar y Corpocesar tienen la responsabilidad de implementar acciones que protejan y conserven el río y en un plazo no superior a en un año deberán evitar la contaminación del río Guatapurí. Además, deberán hacer llegar a un comité de trabajo, cada tres meses, un cronograma de compromisos en el que cada entidad defina la forma en la que actuará para cumplir la orden.


Determinó el Tribunal que, para el restablecimiento de los derechos colectivos protegidos, las entidades accionadas deberán actuar a la luz de los principios de coordinación, concurrencia y desarrollo sostenible. “Dar un plazo de un año para que estas entidades adelanten las gestiones y actuaciones necesarias, para evitar la contaminación por vertimientos de toda índole en el río Guatapurí, disponiendo de un sitio final de los residuos sólidos, de construcción y demolición, que cuente con las especificaciones técnicas en materia ambiental y desarrollo sostenible, para evitar el desvío de su cauce, para recuperar la ronda hídrica, en todos los sectores aledaños al afluente en donde se esté vulnerando la norma ambiental sobre la distancia permitida, promoviendo a la reforestación y eliminación de hornos artesanales que no cuenten con autorización legal”, se lee en el fallo.


Además, indica el documento que “resulta evidente la amenaza y vulneración de los derechos colectivos invocados, y principalmente, la afectación ambiental que está sufriendo de tiempo atrás el río Guatapurí a causa de la presencia permanente de residuos sólidos y escombros, lo cual genera contaminación de su cauce”.


Los POMCA

Río Guatapurí, en el balneario Hurtado. Foto Cortesía.

Los Planes de Ordenamiento y Manejo de Cuencas Hidrográficas - POMCA son un instrumento de planificación diseñados por el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, a través del cual se realiza la planeación del uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca. Los lineamientos aparecen en resolución 1907 de 2013.


Estos planes establecen el estado ambiental de la cuenca para su ordenamiento y debe ser considerado para el ordenamiento del territorio; además, define las áreas de manejo ambiental para los siguientes propósitos: protección, conservación, uso y aprovechamiento sostenible de los recursos naturales renovables, ocupación del territorio de forma segura y para evitar nuevas condiciones de riesgo en la cuenca.


El Cesar, según información contenida en el sitio web de Corpocesar, tiene nueve POMCA; entre ellos, uno para el río Guatapurí, fechado en diciembre de 2019. En el escrito de 808 páginas quedó establecido un monto de 58.400 millones de pesos para la implementación de los diferentes proyectos que tienen como objetivo incidir sobre los factores de cambio en el territorio.


El coordinador de POMCA en el Cesar, Libardo Lascarro, le manifestó a Nicho Cultural que el plan de ordenamiento y manejo hidrográfico de la cuenca del río Guatapurí se formuló de acuerdo a los protocolos establecidos en la normatividad; que, una vez adoptado, se convierte en una determinante ambiental de mayor jerarquía, que debe ser incluido en los planes de ordenamiento de los municipios que tienen jurisdicción sobre este, en el caso concreto del río Guatapurí, serían Pueblo Bello y Valledupar.


En estos momentos, el POMCA del río Guatapurí está en la fase de implementación con un horizonte a 10 años, con programas a corto, mediano y largo plazo. Según el funcionario, los programas y proyectos de deben implementar desde diferentes instancias; algunos desde el gobierno nacional, otros del departamental, algunos son responsabilidades del municipio y, los de carácter ambiental, de la corporación regional Corpocesar.


Estamos en la consecución de los recursos para la implementación, pero ya se han adelantado algunas actividades, como la delimitación de la ronda hídrica del rio Guatapurí. Se han venido trabajando en la concertación con las comunidades étnicas, teniendo en cuenta que el 88% está en resguardos y el 100% está incluido en la línea negra; también estamos trabajando con el Ministerio del Interior lo relacionado con la problemática de riego por inundación en la margen derecha”, puntualizó.


Agregó que todos los entes deben aportar “tener el territorio planificado en cuanto a la zonificación de uso y ocupación del suelo, es una herramienta que permite desarrollar de manera planificada en aprovechamiento sostenible de los recursos naturales que están dentro del área, planificar el uso es importante y es lo que establece el documento para aprovecharlo de manera sostenible”.


Compositores, artistas, ambientalistas y la comunidad vallenata en general quedan a la espera que se cumple el fallo y se implemente totalmente el POMCA para que vuelvan las aguas a robustecer el caudal del rio Guatapurí, que la fauna y la flora abunden en sus orillas, que los bañistas vuelvan a disfrutar de sus corrientes en un ambiente sano y sin contaminación y que los compositores se vuelvan a inspirar para componer canciones y melodías que engalanen el folclor al sonar de las corrientes de las cristalinas aguas del Guatapurí.


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